¿Cómo licitar?
¿Quieres presentarte a una licitación y no sabes cómo hacerlo? Te ofrecemos una guía práctica para prepararte y participar con éxito en procesos de contratación pública que representa una gran oportunidad para las entidades de la Economía Social y Solidaria.
Primer paso: actualizarse
Identificar licitaciones públicas donde tu entidad puede participar.
Consulta portales oficiales como la Plataforma de Serveis de Contractació Pública y subscríbete a boletines de licitaciones.
Define las palabras clave, CPV y los criterios (sector, ámbito territorial, presupuesto) para filtrar las oportunidades más adecuadas.
Segundo paso: planificar
Estudia los calendarios de licitaciones pasadas para preveer las futuras, revisa licitaciones anteriores analizando precios y comptencia, para la busqueda de possibles aliados y la detección de criterios de adjudicaión, de solvència, etc.
Tercer paso: organizar
Establecer un equipo de trabajo para la gestión de licitaciones y una responsable que lo coordine, para tomar las decisiones teniendo en cuenta: Solvència tècnica y econòmica, fechas de entrega, margen economico de la licitación, estratègia empresarial u organizacional.
Quarto paso: presentarse
La revisión del anuncio de la licitación, el analisis de las condiciones técnicas, los pliegos administrativos, condiciones economicas, criterios de adjudicación, forma y plazos, para valorar las posibilidades. Sobretodo tener en cuenta la oferta economica, con un analisis de los costes de estructura, gestión y possibles imprevistos.
Guía Cómo licitar
Descargar guíaErrores comunes
1. Mostrar la oferta automatica en los criterios de valor
2. Errores en la documentación de los sobres
3. No acreditar la solvència
4. No conseguir la puntuación minima en el caso que esté.
5. No respetar los formatos de presentación ni en la extensión máxima.
6. Presentar una oferta económica superior al pressupuesto base de la licitación
7. Presentar fuera de plazo
8. No poder presentarse por tener certificados caducados.
Preguntas frecuentes
Si no tengo solvencia, ¿no puedo licitar?
No necesariamente. La solvencia solo es un requisito obligatorio en algunos casos. Por el contrario, en algunas
licitaciones de contratos menores o en otras circunstancias, puede no ser un requisito imprescindible. Si no
tienes solvencia también puedes utilizar fórmulas como la integración de solvencia por medios externos o hacer una
UTE. ¡A través de la intercooperación podéis acceder a contratos!¿Puedo recurrir una licitación?
Sí, en general, puedes presentar un recurso o impugnar una licitación si consideras que ha habido irregularidades
o incumplimientos de los procedimientos legales. En este caso, tendrías que seguir los procedimientos establecidos
para presentar el recurso ante el órgano competente.¿Es obligatorio que subrogue el personal?
La subrogación del personal puede ser obligatoria o no, dependiendo de las normativas laborales y, por lo tanto, del convenio de aplicación. Si es obligatorio, el órgano contratante solo te tiene que facilitar el listado con toda la información, pero será responsabilidad de las empresas todo el proceso. Hay que destacar que las socias de trabajo de una cooperativa, si cumplen las condiciones de personal adscrito, también serán subrogables. En el caso que no queréis subrogar el personal tendréis que hacer frente a los gastos de la extinción de la relación laboral de estas personas.
Puedo dejar un contrato cuando quiera? Qué pasa si me adjudican la licitación y quiero renunciar? En qué momento puedo renunciar?
La posibilidad de dejar un contrato depende de las cláusulas y las condiciones establecidas en el mismo
contrato y en la normativa aplicable. En general, si eres adjudicatario de una licitación, estás obligado a cumplir con los términos y condiciones del contrato durante el periodo especificado. Sin embargo, en casos excepcionales y con circunstancias justificadas, quizás sea posible rescindir o renunciar en el contrato. Puede comportar sanciones económicas!Tengo que aceptar las prórrogas?
La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para la empresa adjudicataria, siempre que su preaviso se produzca con al menos dos meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato, salvo que en el pliego que rija el contrato se establezca un plazo más largo. Quedan exceptuados de la obligación de preaviso los contratos con una duración inferior a dos meses.
Si se incrementa el convenio colectivo de referencia, que tengo que hacer?
Hay que respetar durante toda la vigencia del contrato las condiciones laborales de las trabajadoras. Si se actualiza el convenio colectivo de referencia tendremos que dar cumplimiento sin que este hecho pueda suponer un gasto adicional por la administración.
Puedo licitar sin estar al RELI?
Depende. El RELI (Registro de Licitadores) puede ser un requisito obligatorio para la participación en ciertas licitaciones, como en el caso de los procedimientos supersimplificats. En este caso, si no estás registrado en el RELI, quedas excluido de la licitación. Para otros procedimientos te simplifica el trabajo, pero no es obligatorio.
Puedo enmendar la documentación presentada?
En algunos casos se permiten enmiendas o modificaciones en la documentación presentada durante el proceso de licitación. Sin embargo, estas modificaciones generalmente están sujetas a restricciones y condiciones específicas establecidas por los órganos de contratación. Es importante revisar los pliegos de condiciones y las instrucciones de cada licitación para conocer las políticas y procedimientos relativos a las enmiendas de la documentación.
Por qué motivos pueden excluir mi oferta?
Hay varios motivos por los cuales una oferta puede ser excluida de una licitación. Algunos de los motivos más comunes incluyen la presentación fuera de plazo, el incumplimiento de los requisitos formales, la falta de solvencia, la presentación de información inexacta o engañosa, y la no cumplir con los criterios de calificación establecidos. Es importante leer detenidamente los pliegos de condiciones para conocer los motivos de exclusión específicos que se pueden aplicar en cada licitación.
Es siempre recomendable hacer una UTE?
Hay que tener en cuenta los gastos asociados a la constitución, gestión y disolución de la UTE para evaluar la viabilidad, y, por otro lado, siempre que queramos repartir la ejecución del contrato entre las diferentes miembros de la UTE. Si solo necesitamos solvencia, es más recomendable emplear la integración de solvencia por medios externos.
Si hago una UTE, también puedo integrar solvencia por medios externos?
Si, la solvencia de la UTE es el resultado de la suma de todas las partes, pero, igualmente, puede recibir solvencia por parte otras empresas a través de la integración de solvencia por medios externos.
Tengo alguna limitación sobre la integración de solvencia por medios externos?
Sí, respecto de la experiencia profesional y de las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa. Por otro lado, el pliego administrativo puede incorporar tareas críticas que tengan que ser acreditadas y ejecutadas por la adjudicataria.
Hay licitaciones donde solo podamos licitar las empresas de la ESS?
Sí, las reguladas en la DA 4.ª y 48.ª de la LCSP.
Tengo que aceptar las modificaciones de contrato?
Si, cuando esté previsto expresamente en el pliego de cláusulas administrativas de la forma establecida en el artículo 204 de la LCSP o excepcionalmente, cuando sea necesario modificar el contrato y no esté previsto a los pliegos, siempre que se cumplan las condiciones del artículo 205 de la LCSP. Esta modificación no puede superar el 20% del precio inicial.
Me actualizarán el incremento del IPC en un contrato público?
No. La revisión de precios no se puede hacer con un índice general como es el IPC, sino en función otros índices específicos, que operarán a través de fórmulas que reflejan los componentes de gasto de la prestación incluida en el contrato público.
Tengo algún límite del número de contratos públicos que me pueden adjudicar?
Los contratos adjudicados a través de procedimientos abiertos (y sus variantes) no tienen ninguna limitación. Podemos encontrar topes en el número y cuantía de contratos menores que nos puede adjudicar el mismo órgano de contratación anualmente. Encontraremos también limitaciones de concurrencia en aquellos contratos adjudicados a través de la DA 48.ª de la LCSP.
Puedo saber cuando saldrán licitaciones de mi interés?
Sí, podéis revisar el plan anual de contratación en el perfil del contratante de cada órgano de contratación y también los anuncios previos. Del mismo modo, la Plataforma de Servicios de Contratación Pública os permite hacer investigaciones de expedientes de contratación ya realizados, y por tanto, podéis estimar su próxima publicación.
Siempre hay lotes en los contratos? Tengo alguna limitación a los lotes en que me puedo presentar o me pueden adjudicar?
No, la norma establece que hay que dividir los contratos por lotes, pero si se justifica adecuadamente, podan no existir. Por otro lado, la limitación de lotes corresponde a cada licitación, y por tanto en cada procedimiento encontraremos la regulación específica.
Si se determina que mi oferta es anormalmente baja estoy excluida automáticamente?
No, si se detecta que una o varias propuestas, según establece el pliego administrativo, son un valor anormal, se tendrá que requerir a cada licitadora, dándoles un plazo suficiente para que justifiquen y desglosen de manera razonada y detallada el bajo nivel de los precios, o de costes, o cualquier otro parámetro según el cual se haya definido la anormalidad de la oferta, mediante la presentación de la información y documentos pertinentes en este sentido. Por lo tanto, si una oferta se determina como anormalmente baja se le hará un requerimiento para justificar su oferta, previo si se tercia a su exclusión.
Puedo renunciar en un contrato en ejecución?
El artículo 211 de la LCSP contempla en qué supuestos se puede resolver un contrato antes de su finalización. Hay que tener en cuenta que la renuncia por parte de la adjudicataria no se incluye como posibilidad, salvo que se cumplan alguna de las condiciones del mencionado artículo. En todo caso, si unilateralmente queremos renunciar en el contrato, se aplicará el régimen de sanciones correspondiente.
Contrata nuestros servicios
Si necesitas acompañamiento ofrecemos diferentes servicios para que lo consigas:
– Asesoramiento personalizado
– Capacitación
y formación
info@plataformacontratacionestrategica.es